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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302805
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1125
BUENA CONDUCTA COMO ATENUANTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1125
Si bien es verdad de la buena conducta no se identifica con la carencia de antecedentes penales, también lo es que sólo acciones morales o socialmente punibles constituyen la mala conducta y que, por lo tanto, mientras no se pruebe la existencia de esta clase de acciones, debe presumirse la probidad de cualquier individuo, y partiendo de esta base se debe concluir que la falta de prueba en contrario es suficiente para aceptar la buena conducta anterior del reo, interpretación que, por lo demás, es la que favorece; por lo que no procede imponerle el máximo de la pena.
Precedentes
Amparo penal directo 3618/47. Lozano Avelino. 30 de julio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.