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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1500
DEMANDA DE AMPARO, CONTRA ATAQUES A LA LIBERTAD PERSONAL MULTA POR FALTA DE RATIFICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1500
Aunque el artículo 119 de la Ley de Amparo establece que debe tenerse por no interpuesta la demanda que no se ratifique en el plazo de tres días e imponerse multa de diez a cien pesos al interesado, si en el caso se trata de una demanda de amparo en que se reclamaron actos que atañen a la libertad del individuo, por equidad, es justo levantar la multa que se ha impuesto al quejoso.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda 4056/47. Ramírez Arnulfo. 13 de agosto de 1947.Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.