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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302864
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1627
CONDENA CONDICIONAL (PROCEDIMIENTO ANTERIOR).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1627
El hecho de que anteriormente hubiera sido encausado el reo, como presunto responsable de otro delito, se traduce en la suposición fundada de que no ha observado anteriormente buen conducta, lo que hace inaplicable, en su favor, la condicionalidad de las sanciones a que fue condenado por medio de la sentencia que reclama.
Precedentes
Amparo penal directo 3343/46. Nájera Celis Fernando. 18 de agosto de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.