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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302874
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1677
ASEGURAMIENTO DE VEHICULOS ROBADOS. (CONVENCION ENTRE MEXICO Y LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1677
El artículo segundo de la Convención celebrada entre México o los Estados Unidos de Norteamérica para la recuperación y devolución de vehículos que hubieren sido objeto de delito contra la propiedad, establece como requisito indispensable para ese efecto, la solicitud del Gobierno de los Estados Unidos a través de su Embajada en México y por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores de este país, y si esta formalidad no aparece que se haya satisfecho en el presente caso, su omisión implica la irregularidad del procedimiento seguido al asegurar el vehículo de que se trata, tanto más, si los quejosos acreditaron poseerlo de buena fe.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3163/47. Yamín Sahede Rafael y coags. 20 de agosto de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.