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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302916
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1935
ESTUPRO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1935
No existiendo ningún dato que demuestre que la menor ofendida haya sido casta y honesta hasta el día de los hechos, deben admitirse que el requisito que a ese respecto exige la Ley, se encuentra cubierto, para los fines de la existencia del delito, de estupro.
Precedentes
Amparo penal directo 5869/46. Rivas Teodoro. 29 de agosto de 1947.Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.