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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302920
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1941
ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1941
El acusado no dejó de estar un solo momento sometido a la acción de las autoridades que lo juzgaron, si se encontraba en libertad bajo de fianza, y la "prescripción de la acción penal puede correr, si el procesado se encuentra sub-judice, es decir, a disposición de la autoridad instructora", tesis que se apoya en que la condición indispensable para que la prescripción de la acción penal se opere, es la imposibilidad que para el ejercicio de ésta" opone la substracción del reo a la justicia, que unida al olvido del acto antijurídico consecutivo al transcurso del tiempo, se traduce en la exigencia social de confirmar la situación jurídica de los individuos, en la remisión de sus infracciones.
Precedentes
Amparo penal directo 8747/46. Gutiérrez Soriano Alfonso. 29 de agosto de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.