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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302978
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2285
IMPRUDENCIA, DELITO DE (ACUMULACIÓN IDEAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2285
La acumulación ideal es ostensible ilegal si, en el caso justificable, el juzgador estuvo obligado a aplicar la prevención contenida en el artículo 60 del Código Penal, conforme al cual, los delitos de imprudencia se castigan con prisión de tres días a cinco años y suspensión hasta de dos años, o privación definitiva de derechos de ejercer profesión u oficio, según sea la imprudencia leve o grave.
Precedentes
Amparo penal directo 1917/45. Soto Colorado Guillermo. 18 septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.