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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2340
SOCIEDADES COOPERATIVAS, FRAUDE COMETIDO POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2340
Se comprueba el delito de fraude y la responsabilidad de los quejosos en el mismo, si de autos aparece que los mismos aceptaron haber dado a la cooperativa de consumo de que eran dirigentes, otro carácter distinto al de su constitución, y haber dispuesto, en perjuicio de los socios de la cooperativa, de las cantidades que aportaron a su institución, invirtiéndolas, sin dar cuenta a los cooperativistas, de la aplicación de que se hacía de las sumas de dinero por estos conceptos obtenidas.
Precedentes
Amparo penal directo 2412/44. Pazos Olvera Eustaquio y coag. 19 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente:Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.