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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302994
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2392
ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2392
Si el reo, aprovechando la circunstancia de que manejaba cierta negociación, logró el descuento de unas letras de cambio, aunque hubiese podido aprovechar en su totalidad el monto a que ascendió lo descontado, el aprovechamiento que obtuvo, no es elemento constitutivo del delito de abuso de confianza, pues aun suponiendo que todos esos títulos de crédito hubiesen sido pagados por el dueño de dicha negociación, con posterioridad a la expedición de tales documentos, de todas maneras, los valores que los mismos representan o fueron entregados por este al reo, para ser aplicados a determinadas operaciones, único caso en que se podría decir que dicho reo recibió del querellante, ciertas sumas de dinero, de las que dispuso en su provecho, con perjuicio de los intereses de aquel, cometiendo con ello el delito de abuso de confianza, según es definido este por el artículo 382 del Código Penal del estado.
Precedentes
Amparo penal directo 2735/47. Eisen Isaac. 26 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.