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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303015
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 98
PROCESOS, FALTA DE DESAHOGO DE PRUEBAS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 98
Por lo que hace a que la autoridad responsable, no desahogó la prueba de inspección judicial ofrecida, debe decirse que tal omisión no causa al reo perjuicio alguno, ni su responsabilidad en el hecho culposo, materia del proceso, se funda en su propia confesión y en el resultado de dictámenes que corroboran aquélla.
Precedentes
Amparo penal directo 1174/47. Martínez Esparza Raúl. 9 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.