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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 320
MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 320
La sensación peculiar de instintiva del miedo grave, lleva a desembarazarse de lo que lo produce, o donde radica dándose de este modo los elementos de la excluyente contenida en el artículo 15, fracción IV, del Código Penal del Distrito, sin que sea exacto, que sea indispensable demostrarla por peritos, pues en muchos casos resultara imposible o impracticable reproducir las circunstancias de hecho que producen el miedo, quedando a la prudente apreciación del juzgador, ponderarlas y decidir si, dado el sujeto de que se trata, pueden producir la reacción emocional, que caracteriza el miedo grave.
Precedentes
Amparo penal directo 6760/ 46. Jasso Rivera Angel. 14 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.