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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303036
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 328
TESTIGOS EN EL PROCESO, MODIFICACION DE SUS DECLARACIONES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 328
Si los testigos, al declarar ante el Juez de la causa, modificaron sus primitivas declaraciones rendidas ante la policía judicial y confirmadas ante el Ministerio Público, pero no dieron razón fundada que justifique sus nuevas deposiciones, obró correctamente la autoridad responsable al desestimar las deposiciones rendidas ante la autoridad judicial.
Precedentes
Amparo penal directo 7942/46. Enríquez Salazar Manuel. 14 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.