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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303046
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 341
ENCUBRIMIENTO (ARTICULO 23 CONSTITUCIONAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 341
El sobreseimiento relativo a la responsabilidad del quejoso como encubridor, no puede impedir que a dicho quejoso se le declare formalmente preso como autor o cómplice, y no opera por tanto, la garantía del artículo 23 constitucional, puesto que no se le juzga dos veces por el mismo delito, entendiendo por delito los hechos de ejecución criminal, pues evidentemente son distintos y se distinguen los actos realizados por el encubridor, de los del autor o cómplice.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5349/46. Arteaga de Calderón Lucy. 14 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.