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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303048
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 459
ENERVANTES, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL DELITO DE CULTIVO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 459
La competencia para conocer del proceso por delito contra la salud, consistente en el cultivo de la planta conocida vulgarmente con el nombre de marihuana, corresponde a las autoridades judiciales de la federación, puesto que, de acuerdo con la fracción XVI del artículo 73 de La Constitución General de la República, el Congreso de la Unión tiene facultad exclusiva para dictar leyes sobre la salubridad general de la nación, y conforme a la fracción XXI del mismo precepto, goza de autoridad para definir los delitos y faltas contra la federación y fijar los castigos que por ellos deban imponerse, teniendo tal carácter, indudablemente, los que se previeron en el título séptimo, capítulo único, del libro segundo del Código Penal del Distrito y Territorios Federales, en cuanto a su carácter de ley federal, que se le dio en el artículo 1o., y a los que se denomina como delitos contra la salud, los que por su gravedad específica, afectan de modo directo a todo el conglomerado social. El hecho de que el Código Penal de un estado, y un decreto legal, cataloguen como delito la siembra y cultivo de marihuana, no puede invalidar las referidas disposiciones constitucionales, que por su carácter de tales, tiene preeminencia sobre cualquier ley secundaria.
Precedentes
Competencia 97/43. Suscitada entre el Juez de Distrito, del Estado de Chiapas y el Juez del Ramo Penal de Ciudad Las Casas, Chiapas. 15 de abril de 1947. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.