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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 482
ASOCIACION DELICTUOSA (LEGISLACION DE MICHOACAN)
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 482
Los términos del artículo 181 del Código Penal del Estado, están indicando que el legislador se refirió, no al caso en que un grupo de individuos se reúne con el propósito de cometer un delito, sino al caso en que organice una verdadera banda o asociación de individuos con el fin de cometer una serie de delitos, sea por el lucro que puedan obtener con la comisión de hechos delictuosos, sea con cualquier otro propósito, pues dicho artículo no distingue; pero siempre con la idea de establecer vínculos permanentes entre esos diversos individuos con el fin de delinquir.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3476/46. Herrera Severo. 16 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.