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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
303086
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 898

ACCION PENAL, ES LA BASE DE LA SENTENCIA CONDENATORIA.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 898

Precedentes

Amparo penal directo 2681/46. Hernández Trejo Armando. 25 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, página 29, tesis 12, de rubro "ACUSACION. EL JUEZ NO DEBE REBASARLA."; y página 204, última tesis relacionada con la jurisprudencia 90, de rubro "MINISTERIO PUBLICO, CONSIGNACION DEL, Y AUTO DE FORMAL PRISION INCONGRUENTES. AUSENCIA DE VIOLACION DE GARANTIAS.".
Registro digital (IUS): 303086