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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303100
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 984
PERITOS EN LOS DELITOS DE IMPRUDENCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 984
No corresponde a los peritos emitir su opinión sobre la responsabilidad del reo, punto que es peculiar a la autoridad judicial la que tiene que decidir, con vista de las pruebas allegadas al sumario, la pericial inclusive, sobre la responsabilidad o irresponsabilidad del reo.
Precedentes
Amparo penal directo 1819/47. Raya García Gregorio. 28 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.