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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1051
SUBARRENDATARIO, INTERES JURIDICO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1051
Ostentándose la quejosa como extraña al procedimiento que reclama, debió comprobar el interés jurídico que le asiste, o sea, aquel que la ley protege, para estimar que la quejosa tiene la posesión derivada del inmueble, lo que no sucede en la especie, si la persona que le subarrendó no estaba facultada para subarrendar, y en esa virtud, por falta de ese interés, la orden de desocupación que reclama no puede afectarle ni causarle perjuicios de difícil reparación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 593/47. Cruz Felícitas. 28 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.