Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/303143
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303143
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1327
INCENDIO, CUERPO DEL DELITO DE DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, COMETIDO POR (LEGISLACION DE GUERRERO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1327
Aunque el artículo 149 del Código de Procedimientos Penales del Estado, previene que en los casos de incendio, el Ministerio Público o la policía judicial dispondrá que los peritos determinen, en cuanto fuere posible, el modo, lugar y tiempo en que se efectuó ese incendio, la calidad de la materia que lo produjo, las circunstancias por las cuales puede reconocerse que haya sido intencional, y en el caso no concurrieron peritos al lugar, sin embargo, el artículo 155 del mismo código determina que para la comprobación del cuerpo del delito, el Juez gozara de la acción mas amplia para usar los medios de investigación que estime conducentes, según su criterio, aunque no sean de los que define y detalla la ley, siempre que esos medios no estén reprobados por esta; de manera que si la autoridad responsable tuvo por comprobado el cuerpo del delito con la sola fe judicial, relacionándola con las declaraciones de los testigos de cargo, dicha autoridad obró dentro de los términos del citado artículo 155, por lo cual su fallo no puede ser violatorio de ninguna garantía constitucional, en cuanto declara comprobado el cuerpo del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 8261/46. Mota Juan. 7 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: Disposiciones vigentes en el año en que se promovió el amparo respectivo.