Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/303170
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303170
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1596
FRAUDE, DELITO DE (LEGISLACION DE CAMPECHE).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1596
Si el reo pago a sus ofendidos las cantidades que les había defraudado, tal hecho solo afecta a la acción de reparación del daño, pero no a la responsabilidad penal, toda vez que el delito de fraude, de acuerdo con la legislación del estado, se persigue de oficio.
Precedentes
Amparo penal directo 9643/46. Cámara Valle Armando. 5 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.