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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303192
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1846
ROBO DE INSTRUMENTOS DE LABRANZA (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1846
La prevención del artículo 344 del Código Penal aplicable, en su fracción I, se refiere a la agravación de la pena del robo, cuando se trata de instrumentos de labranza, únicamente para los casos comprendidos en el artículo 332, y no para el de excepción señalado en el artículo 342, del precitado Código Penal, y cuyos términos son los siguientes: "al que se le imputare el hecho de haber tomado una cosa ajena, sin el consentimiento del dueño o legitimo poseedor, y acredite haberla tomado con carácter temporal y no para apropiársela o venderla, se le aplicarán de uno a seis meses de prisión, siempre que justifique no haberse negado a devolverla, si se le requirió para ello.".
Precedentes
Amparo penal directo 329/47. Betancourt Rafael y coag. 12 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.