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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1941
ROBO, DELITO DE (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1941
El delito de robo se acredita en los términos del artículo 132, del Código de Competencia y Enjuiciamiento en Materia Penal, que rige en la localidad, si consta que encontraron en poder del encausado algunos bienes robados, sin que haya podido justificar su procedencia, existiendo, además, las declaraciones de testigos respecto a la propiedad proexistencia y falta posterior de esos bienes.
Precedentes
Amparo penal en revisión 364/47. Nazario C. Atilano. 16 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.