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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2309
ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2309
Si el Juez de Distrito sólo sostiene que existe la posibilidad de que se pruebe en la causa, que el quejoso es el autor directo de la lesión mortal lógicamente no puede establecerse desde luego que el homicidio se comprende en el artículo 277 del Código Penal, y, por consecuencia, el cómputo para la declaratoria de prescripción, no puede hacerse tomándose en cuenta tal precepto.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7354/46. Venegas Navarro Lucio. 27 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.