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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2400
CONDENA CONDICIONAL, MODO HONESTO DE VIVIR PARA LOS EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2400
Aunque el reo, al rendir su declaración preparatoria, no manifestó cual era su modo ordinario de vivir, es decir, de qué dependía su subsistencia, debe concedérsele el beneficio de la condena condicional, si no es aventurado sostener que, por su edad, es una persona que todavía depende del hogar, es decir, que su modo de subsistir no depende de su esfuerzo, sino del jefe de su hogar.
Precedentes
Amparo penal directo 1740/47. García Gallegos Francisco. 30 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.