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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303289
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 199
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 199
Cuando no existe prueba de la mala conducta del reo, debe presumirse que su conducta ha sido buena, toda vez que por mala conducta debe entenderse las acciones legal o moralmente punibles, y mientras no se prueba la existencia de tales acciones, debe presumirse buena conducta.
Precedentes
Amparo penal directo 8409/46. Ortega Gutiérrez Carlos. 10 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.