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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 341
ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 341
Si el reo pudo reflexionar y reflexionó sobre la realización del crimen, ello entraña el principio de premeditación que requiere la calificativa de alevosía, que no es mas que la máxima ventaja, calificativa que existió, si el reo pudo darse perfecta cuenta de que la víctima estaba inerme, por lo que era obvio que no podía causarle daño a su agresor, ni mucho menos repelar la agresión.
Precedentes
Amparo penal directo 7357/46. Alarcón López Juan. 15 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.