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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303324
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 554
DILIGENCIAS PENALES, PRACTICA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 554
Si las diligencias de Policía Judicial que desahogó en la especie, un Juez de primera instancia, obedecieron a que el Ministerio Público, después de haberse avocado el conocimiento de los hechos, se los consignó al mismo Juez, solicitándolo que llevara a cabo tales diligencias, no está en lo justo el defensor del quejoso, al afirmar que en la practica de tales diligencias, el aludido funcionario se extralimitó de sus funciones jurisdiccionales y que las llevó a cabo sin haber mediado pedimento de la parte a quien por ley compete el ejercicio de la acción penal.
Precedentes
Amparo penal directo 3499/45. Rojas Dionisio. 20 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.