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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303325
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 553
ACTUACIONES, VALIDEZ DE LAS (HUELLAS DIGITALES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 553
No es verídico que las actuaciones de que se trate carezcan de la firma de los funcionarios ante quienes se practicaron las diligencias, si aun cuando no aparecen suscritas por ellos, sí consta que fijaron su huella digital, por no saber escribir y, además, se encuentran autorizadas con la firma del secretario que da fe de los actos que amparan esas diligencias, en tales condiciones, no se está en el caso previsto por la jurisprudencia de este alto cuerpo, en materia de actuaciones carentes de la firma de los funcionarios obligados a autorizarlas legalmente.
Precedentes
Amparo penal directo 3499/45. Rojas Dionisio. 20 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.