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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303326
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 554
CAREOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 554
Si los careos constitucionales no se practicaron en virtud de no haberse podido localizar a los testigos de cargo, motivo por el cual se mandaron practicar careos supletorios correspondientes, no está en el caso de aplicar la conocida jurisprudencia de este alto cuerpo, relacionado con la violación de garantías que se opera por falta de careos constitucionales.
Precedentes
Amparo penal directo 3499/45. Rojas Dionisio. 20 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.