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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 598
EMBRIAGUEZ, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 598
Para acreditar en el proceso la eximente de embriaguez, debe demostrarse, fehacientemente, por el inculpado, que al efectuar el acto antisocial, se encontraba en un estado de irresponsabilidad, que no le permitió darse cuenta alguna del acto ejecutado, por el empleo involuntario de bebidas embriagantes; y no existe tal excluyente si en el caso a estudio, lejos de demostrarse esa situación psicológica, se viene en conocimiento, por la propia declaración del reo y por las demás constancias procesales, que se embriagó voluntariamente.
Precedentes
Amparo penal directo 6933/46. López Ariosto. 22 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.