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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303338
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 636
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 636
Cuando el amparo se promueve contra una orden de aprehensión, el quejoso puede presentar, ante el Juez constitucional las pruebas que estime pertinentes, para demostrar la existencia y la inconstitucionalidad del acto reclamado, aun cuando no haya tenido a la vista la autoridad responsable, toda vez que no teniendo conocimiento el inculpado, en la generalidad de los casos, del procedimiento que se sigue en su contra, sino hasta ser detenido, no tiene, igualmente oportunidad y medios de defensa, si no es ante el Juez que conozca del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8725/45. Leonardo y coagraviados. 23 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.