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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303340
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 640
COACUSADO, VALOR DE SU DICHO (ORDEN DE APREHENSION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 640
Es insuficiente por sí sola para hacer probable la responsabilidad del quejoso, en la comisión del delito que se le atribuye, una declaración que previene el principal acusado en el delito y se encamina a desviar la propia responsabilidad de éste hacia el quejoso.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9574/45. Calderón M. Vicente. 23 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.