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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303353
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 766
CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 766
Si no hubo manifestación alguna, por parte del reo, de falta de fondos, pues que el cheque lo expidió como dinero en efectivo en pago de adeudo, la estimación hecha por el Magistrado responsable, en el sentido que se comprobó plenamente el cuerpo del delito previsto en el artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, estuvo ajustada a derecho.
Precedentes
Amparo penal directo 6561/45. Weill Mauricio. 27 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.