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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303361
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 842
CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 842
Es inatendible el hecho en que basa su excusa el acusado, consistente, en que no puede existir el delito de fraude que se le imputa, porque los cheques los expidió sólo en garantía y no para que fueran pagados, si ello no está acreditado en autos, sino antes bien, aparece que las dos personas en cuyo favor fueron extendidos tales cheques, declararon en el sentido de que el reo se los entregó en pago de adeudos; y siendo así, claro es que no importa en el caso, que haya sufrido daño o no el denunciante del delito, toda vez que se trata de un delito que se persigue de oficio.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8694/46. Aguado Baturoni Luis. 30 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.