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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303373
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 897
VIOLACION Y RAPTO, LOS DELITOS DE, NO SE EXCLUYEN. LEGISLACION DE VERACRUZ.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 897
El texto del artículo 739 del Código Penal del Estado, establece expresamente que si la violación fuese precedida o acompañada de otros delitos se observarán las reglas de acumulación, por lo que no puede aceptarse que los delitos de rapto y violación se excluyan.
Precedentes
Amparo penal directo 3130/46. Alejo Lucio. 31 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.