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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303374
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 898
PRUEBAS EN EL PROCESO, DESAHOGO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 898
Si una prueba fue desahogada en forma distinta a la decretada, dando lugar a la violación del artículo 160, fracción VI, de la Ley de Amparo, en relación con la garantía del artículo 20, fracción V, constitucional, con tal fundamento procede conceder el amparo, para el efecto de que se reponga el procedimiento.
Precedentes
Amparo penal directo 2792/46. Real Díaz José. 31 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.