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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303381
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 909
TRASLADO DE REOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 909
Si las autoridades responsables piden el traslado de reos, de una jurisdicción a la del Juez del proceso, no basta que dicho reo sostenga que en el traslado pretende privársele de la vida, pues ese temor resulta pueril, si todo hace suponer que su expresión va dirigida únicamente a evitar el traslado al lugar en que se sigue la causa, para entorpecer el procedimiento criminal; por lo tanto, si no existe el menor motivo racional para suponer que el quejoso corre peligro de su vida, por actos atentatorios de las autoridades a quienes designa como responsables, cabe estimar que no se ha comprobado la existencia del acto, por lo que se debe decretar el sobreseimiento, aunque las autoridades no hayan informado con alusión clara y expresa a dicho acto.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3983/46. Fernández Isidro. 31 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.