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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1270
RETRACTACION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1270
Aunque el reo no haya ratificado ante el Juez, su primitiva declaración, la autoridad responsable obró correctamente al considerarlo responsable del delito, sino expuso razón alguna para modificar su anterior declaración, ni tampoco obra dato alguno en el proceso, en el sentido de que la confesión le fue arrancada con coacción y violencia o en alguna otra forma que viciara su voluntad, y bien por el contrario la confesión se encuentra corroborada en autos.
Precedentes
Amparo penal directo 5202/46. González Yépez Pascual. 12 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.