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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303425
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1313
EMBRIAGUEZ, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1313
Para que se opere la causa de inimputabilidad consistente en obrar el agente en estado de inconsciencia debido a embriaguez, es preciso que el empleo de las sustancias embriagantes, por parte del agente activo del delito, sea accidental e involuntario, pero si la embriaguez del reo fue voluntaria o culposa, no es posible la inimputabilidad, ya que los delitos cometidos en tal estado son punibles, pues la inimputabilidad se transporta al momento en que la embriaguez se originó, ya que el acusado debió prever que el vino bebido con exceso, podría situarle en un estado peligroso para los demás.
Precedentes
Amparo penal directo 9036/46. Maldonado José. 13 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.