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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303463
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1813
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, DELITO DE (LEGISLACION DE YUCATAN).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1813
La confesión del acusado es insuficiente, por sí sola, para demostrar la existencia del delito de daño en propiedad ajena que le ha sido atribuído, así como su responsabilidad, sino que es necesario que el cuerpo del delito se compruebe por medio de peritos no siendo eficaz para ello la fe judicial.
Precedentes
Amparo penal directo 2538/46. Chan José Diego. 6 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.