Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/303467
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1817
RIÑA, INEXISTENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1817
No existió una riña o contienda de obra entre acusado y ofendido, si el acusado atacó en forma imprevista, y sin motivo alguno para ello, al ofendido, y el acto de defensa que ejecutó una persona en favor de la víctima, tampoco, puede ser constitutivo de una riña.
Precedentes
Amparo penal directo 8754/46. Rosas Sánchez Ramón. 6 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre el ponente.