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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303475
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1944
APELACION EN MATERIA PENAL, PRUEBAS EN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1944
El tribunal de alzada hace una inexacta apelación de la ley, pretendiendo fundar la confirmación de la sentencia apelada en el análisis de pruebas desestimadas en primera instancia, y que por esta razón no le era permitido considerar en agravio del reo, si el Ministerio Público no recurrió en alzada.
Precedentes
Amparo penal directo 8521/46. Romero Hernández Isaac. 6 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.