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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2358
RETRACTACIONES EN EL PROCESO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2358
Si ni el procesado ni los testigos dan la menor razón para explicar el cambio que hicieron en sus declaraciones, obligados por amenazas de las autoridades, como acostumbran hacer con algunos reos, tratando de desvirtuar declaraciones que los comprometen, seguramente que no hay motivo alguno para dar preferencia a estas últimas declaraciones, por cuya razón, deben aceptarse en todas sus partes los primeros elementos probatorios.
Precedentes
Amparo penal directo 4028/46. Galván Rodríguez Vicente. 17 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.