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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303505
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2362
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2362
Si el defensor del acusado trató de desvirtuar los elementos acusatorios que obran en el proceso, con nuevas declaraciones, pero éstas fueron recibidas con posterioridad a la fecha en que se dictó el auto de formal prisión que se reclama, no pueden ni deben ser examinadas para determinar el valor que les corresponda, al resolver el amparo contra el auto de formal prisión.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3807/46. Mora Sánchez Godofredo. 17 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.