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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303545
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2909
TESTIGOS EN EL PROCESO (MENORES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2909
La circunstancia de que un testigo sea menor de edad y esté bajo la protección de la ofendida, no le quita valor a su dicho, si éste aparece corroborado, en varios de sus puntos, con otro testimonio; además, la declaración de una menor debe tenerse por veraz, cuando por razón de su edad, es lógicamente inadmisible que pueda inventar hechos, cuyas circunstancias, por la razón natural de las cosas, escapan de su conocimiento.
Precedentes
Amparo penal directo 6957/45. Zenteno Gerónimo. 28 de marzo de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.