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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2915
PROCESOS, TERMINO PARA CONCLUIRLOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2915
No puede decirse que se haya extinguido el término constitucional para continuar los procedimientos en contra del agraviado, si éste no ha sido detenido, ni se ha decretado, en su perjuicio, auto de formal prisión, desde cuya fecha corre el referido término; y el hecho de que se hubiese dictado auto de libertad por falta de méritos en contra de los demás inculpados, no es base para dejar de proseguir la averiguación en contra del mencionado recurrente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5367/46. García Felipe. 28 de marzo de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.