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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303560
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 15
ACTUACIONES, VALIDEZ DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 15
No es verídico que ciertas actuaciones carezcan de la firma de los funcionarios ante quienes se practicaron las diligencias, si aun cuando no aparecen suscritas por ellos, consta que fijaron su huella digital, por no saber escribir y están autorizados por la firma del secretario, que da fe de los actos relativos, y en tales condiciones, no se está en el caso previsto por la jurisprudencia de este alto cuerpo, en materia de actuaciones carentes de la firma de los funcionarios obligados a autorizarlas legalmente.
Precedentes
Amparo penal directo 3500/45. Abarca Félix. 1o. de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.