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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 58
PRUEBAS EN EL PROCESO (EXPEDIENTES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 58
Si la autoridad responsable, antes de dictar su fallo resolviendo sobre la demanda de responsabilidad civil proveniente de delito, pronunció auto para mejor proveer, ordenando se trajera a la vista el expediente relativo al proceso criminal, precisamente el resultado de ese proveído, tuvo que haber sido el de que tuviera en cuenta la autoridad juzgadora, todas las pruebas existentes en dicho proceso, sin que fuera necesario que las ofreciera la parte actora.
Precedentes
Amparo penal directo 5627/46. Maya Suárez Julián. 3 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.