Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/303569
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303569
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 64
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 64
Para que exista legalmente la exculpante de legítima defensa, es indispensable que concurran todas y cada una de las circunstancias que prevé la ley, esto es, que sin motivo y sin antecedente alguno, el que resulte ofendido de manera intempestiva e inesperado ataque, no tenga otro medio a su alcance, sino repeler por la fuerza la agresión, sin que se exceda de los límites necesarios para dejar inhabilitado al agresor.
Precedentes
Amparo penal directo 178/46. Cruz Manjarrez Servando. 3 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.