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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303571
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 66
DESERCION, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 66
No obsta para considerar como constitucional a la orden de detención dictada por el delito de deserción, el hecho de haber comprobado el reo que es casado legítimamente y que su esposa no prestó el consentimiento necesario para el enganche, pues de ser ciertas esas circunstancias, sólo le dan derecho para haber pedido su baja, tramitando en forma la solicitud respectiva, pero de ninguna manera le autorizaban a dejar de cumplir sus obligaciones como marino de la Armada Nacional, faltando por más tiempo que el que establece la ley, a las listas de diana y retrata.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4647/46. Gurrola Armendáriz Daniel. 3 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.